Estamos a unos días de que en la Ciudad de México se inicie la discusión de una iniciativa para permitir el cambio de sexo y la reasignación de identidad, en un intento por garantizar plenamente los derechos de los transexuales. De hecho, desde enero de 2004, el Código Civil para el Distrito Federal permite a los ciudadanos promover un juicio para modificar el nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona.
Sin embargo, existe un elemento que ha impedido que una mayoría de los hombres que se sometieron a tratamientos quirúrgicos u hormonales para convertirse en mujeres, consigan el cambio en su acta de nacimiento: jueces de lo familiar que desechan la solicitud bajo el argumento de que “el sexo lo determinan Dios y la naturaleza, no el hombre”, además de que aseguran que el solicitante tiene problemas de identificación o mentales.
Los pocos que tienen éxito, empero, no logran evitar que se anote al margen de su acta de nacimiento una leyenda en la que se hace saber a terceros que el documento fue rectificado por el cambio de sexo, aspecto que estaría considerado en la ley que eventualmente aprobaría la Asamblea y que obligaría a expedir una nueva acta que no revele la condición de la persona. Desprejuiciadamente, valdría la pena considerar el tema y opinar qué tipo de ley nos conviene, qué elementos vale la pena impulsar con mayor énfasis y qué otros son sacrificables en aras de un documento que beneficie a la mayor cantidad de gente posible.
Vía: Milenio.

