La Ley de Voluntad Anticipada, vigente en el Distrito Federal desde hace algunos años, y que formaliza la voluntad de un paciente con enfermedad incurable para que no se le siga dando tratamiento curativo, es decir que no se le prolongue la vida con tratamientos, sino permitir su proceso de muerte natural, sólo acompañado de tratamientos paliativos, fue modificada y entró en vigencia el día de hoy.

Las modificaciones aprobadas ya hace unos meses y publicadas el día de ayer en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, agregan y derogan ciertas partes de la ley, pero su principal modificación es que se facilita el establecimiento de la Voluntad Anticipada mediante un Formato en los mismos hospitales . Anteriormente el Documento de Voluntad Anticipada se debía establecer ante Notario Público, pero resultaba problemático para aquellas personas que por alguna razón no podía acudir con alguna de estas figuras. Ahora, una persona que se encuentre ya hospitalizado y con un diagnóstico incurable y terminal, puede llenar el Formato de Instrucciones de Cuidados Paliativos, en el que establece si quiere o no seguir con los tratamientos curativos y sólo requerir aquellos que le ayuden a mitigar dolores, o mantenerse lo más cómodo y dignamente posible.

En caso de que el enfermo en etapa terminal se encuentre imposibilitado físicamente para acudir ante el Notario Público,
podrá suscribir el Formato ante el personal de salud correspondiente y dos testigos en el documento que emita la Secretaría,
mismo que deberá ser notificado a la Coordinación Especializada en los términos de esta Ley.

Las personas que así lo puedan hacer, podrán establecer su Documento de Voluntad Anticipada ante un Notario Público como ya estaba establecido anteriormente, o ahora frente a personal de salud con los mismos requisitos: dos testigos, el nombramiento de un representante y "la manifestación de su voluntad respecto a la disposición de órganos susceptibles de ser donados".

Hay que recordar que la Ley de Voluntad Anticipada, no es lo mismo que lo que se conoce como eutanasia y que tantas discusiones genera al respecto hasta la fecha y en la mayoría de los países aún no se permite pues no se logra el consenso. Con la Ley de Voluntad Anticipada, lo que se hace es que el propio individuo al padecer una enfermedad incurable decide y da instrucciones de que no se le prolongue la vida con tratamientos o medios artificiales y se permita su muerte de forma natural. La eutanasia incluye cuestiones más complejas y cuestionables para muchos como es la posibilidad de que otro decida por ti, que otro te ayude a morir, y que se pueda adelantar el momento de muerte, no esperar a que llegue de forma natural.

Foto: flickr.com/volver-avanzar !!!